Artículo 15
Artículo 15.
Además de lo señalado en el artículo 14, el Órgano Ejecutivo, al inicio de cada año, deberá mantener actualizada, de forma impresa para consulta directa y en los respectivos sitios de Internet, de acuerdo con sus funciones, según corresponda, la información respecto de los temas, documentos y políticas que a continuación se detallan:
Fracciones:
I.
Estadísticas e índices delictivos, así como los indicadores de procuración de justicia;
- No aplica. Esta obligación es atribución de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) y de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF).
Para consultar la información de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) dar clic aquí.
Para consultar la información de la Secretaría de Seguridad Pública del Distrito Federal (SSPDF) dar clic aquí.
II.
En materia de averiguaciones previas: estadisticas sobre el número de averiguaciones previas que fueron desestimadas, en cuántas se ejerció acción penal, en cuantas se decretó el no ejercicio y cuántas se archivaron, además de las órdenes de aprehensión, presentación y cateo;
- No aplica. Esta obligación es atribución de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF).
Para consultar la información de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) dar clic aquí.
III.
Las cantidades recibidas por concepto de multas y el destino al que se aplicaron;
- No aplica. Esta obligación es atribución de la Secretaría de Finanzas.
Para consultar la información de la Secretaría Finanzas dar clic
aquí.
IV.
Los reglamentos de las leyes expedidos en ejercicio de sus atribuciones;
- No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 35, fracciones IV y XIV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y Servicios Legales.
Para consultar la información que la Consejería Jurídica y Servicios Legales tiene sobre este rubro haga click aquí.
V.
El listado de expropiaciones, que contenga al menos, fecha de expropiación, domicilio y utilidad pública;
- No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 35, fracción XVII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y Servicios Legales.
Para consultar la información que la Consejería Jurídica y Servicios Legales tiene sobre este rubro haga click aquí.
VI.
Los listados de las personas que han recibido excensiones, condonaciones de impuestos locales, o regímenes especiales en materia tributaria local, cuidando no revelar información confidencial, salvo que los mismos se encuentren relacionados al cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de los mismos;
- No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 30, fracción IV, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Secretaría de Finanzas
Para consultar la información que la Secretaría de Finanzas tiene sobre este rubro haga click
aquí.
VII.
El listado de patentes de notarios otorgadas, en términos de la Ley respectiva;
- No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 35, fracción XXVI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta obligación es atribución de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.
Para consultar la información que la Consejería Jurídica y Servicios Legales tiene sobre este rubro haga click aquí.
VIII.
Los convenios de coordinación con la Federación, Estados y Municipios y de concertación con los sectores social y privado;
Fecha de actualización: 25/enero/2016
Fecha de validación: 25/enero/2016
Área(s) o Unidad(es) administrativa(s) responsable(s) de la información:
Dirección de Adminmistración y Finanzas
IX.
El Programa General de Desarrollo del Distrito Federal, vinculado con los programas operativos anuales y los respectivos indicadores de gestión que permitan conocer las metas, por unidad responsable, así como los avances físico y financiero, para cada una de las metas. Sobre los indicadores de gestión se deberá difundir, además, el método de evaluación con una justificación de los resultados obtenidos y el monto de los recursos públicos asignados para su cumplimiento; y
Fecha de actualización: 25/enero/2016
Fecha de validación: 25/enero/2016
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) responsable(s) de la información:
Dirección de Administración y Finanzas
X.
La información que sea de utilidad o resulte relevante para el conocimiento y evaluación de las funciones y políticas públicas.
Fecha de actualización: 27/enero/2016
Fecha de validación: 27/enero/2016
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) responsable(s) de la información:
Dirección General/Oficina de Información Pública/
Jefatura de Unidad Departamental de Servicios al Derechohabiente
XI.
Los usos de suelo a través de mapas y planos georeferenciados que permitan que el usuario conozca de manera rápida y sencilla el tipo de uso suelo con que cuenta cada predio.
- No aplica. De acuerdo con lo establecido en el artículo 9, fracciones II y III de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal, ésta es una obligación de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal.
Para consultar a la Secretarí de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal dar click
aquí.
XII.
Sistema electrónico con el uso de un tabulador que permita consultar el cobro de impuestos, servicios, derechos y aprovechamientos, así como el total de las cantidades recibidas por estos conceptos
- No aplica. De acuerdo a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal esta es una obligación de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal.
Para consultar a la Secretaría de Finanzas dar click aquí.
XIII.
Relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registro de manifestaciones y dictámenes de las obras que se llevan a cabo en cada una de las demarcaciones territoriales, que permita conocer el estado, situación jurídica y modificaciones de cualquier índole de cada predio;
- "La Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal no maneja ni detenta información acerca de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, manifestaciones y dictámenes inherentes a cada una de las obras que se llevan a cabo y que se han emitido conforme a la normatividad correspondiente en cada predio del Distrito Federal, es decir esta fracción no aplica a la Entidad".
Fecha de actualización: 20/abril/2016
Fecha de validación: 20/abril/2016
Área(s) o unidad(es) administrativa(s) responsable(s) de la información:
Dirección de Administración y Finanzas
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