1. Constancia Médica.- Expedida por el ISSSTE u otra institución oficial, donde se establezca la necesidad de prótesis, deberá estar sellada, con nombre y firma y Cédula Profesional del médico que la expide. Tendrá una vigencia de seis meses a partir de la fecha de expedición y deberá presentarse sin alteraciones.
2.Factura.- Que contenga sello de pagado y todos los requisitos fiscales de la casa comercial donde se adquirió el aparato o prótesis (con R.F.C. del derechohabiente), señalando especificaciones y costo total a nombre del pensionado y/o trabajador con fecha posterior al dictamen médico la cual será de ayuda y dependerá del monto total de la factura.
Se deberá presentar la factura sin alteraciones, además de que será investigada en la casa comercial donde se adquirió.
3.Identificación.- Como derechohabiente y/o trabajador vigente.
Notas.
Jubilados y Pensionados.- La Ayuda será de anteojos, lentes de contacto, lente intraocular, aparato auditivo, dentaduras, puentes removibles o fijos, piernas, brazos, pies, manos articulares, silla de ruedas, bastones u otro aparato que mejore la funcionalidad de algún órgano en específico.
El trámite se realizará una vez al año.
Deberá presentar los documentos en original y copia.
La atención será de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 3:00 p.m.