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CAJA DE PREVISIÓN PARA
TRABAJADORES A LISTA DE RAYA
DEL GOBIERNO
DE LA CIUDAD DE MÉXICO



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Préstamo a Corto Plazo

El Préstamo a Corto Plazo es el préstamo  personal que se entrega  de forma inmediata  a los jubilados y pensionados de la Institución así como a  los trabajadores ó  empleados de base, que  cotizan  en la nómina  5  del Gobierno del Distrito Federal (a lista de raya), siempre y cuándo tengan una antigüedad mínima de un año un día de servicios e igual de  tiempo  de cotizaciones.

¿ Cuánto me pueden prestar ?

El monto de los préstamos a corto plazo está determinado anualmente por el Consejo Directivo del Organismo, mediante Acuerdo General que emite para garantizar la igualdad de tratamiento a los solicitantes.

Con fecha 06 de diciembre de 2016, el H. Consejo Directivo de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México, mediante acuerdo No. 65/IV.S.O./2016, autorizó los siguientes montos de préstamos:

Antigüedad Monto
1 AÑO 1 DIA A 2 AÑOS $1,891.83
2 AÑOS 1 DIA A 5 AÑOS $2,944.00
5 AÑOS 1 DIA A 10 AÑOS $3,620.88
10 AÑOS 1 DIA A 15 AÑOS $4,381.72
15 AÑOS 1 DIA A 20 AÑOS $5,226.54
MAS DE 20 AÑOS UN DIA $8,023.16
JUBILADOS Y PENSIONADOS. $5,980.53


Requisitos para obtener un Préstamo a Corto Plazo

El solicitante de un préstamo a corto plazo para el inicio de su trámite deberá reunir  los siguientes requisitos  y presentarlos en el área de ventanillas para su atención:

- Antigüedad mínima de un año de servicios cotizando a nómina 5.

- Último recibo de pago .

- Tener cubierto el 100% de su préstamo anterior y presentar su recibo de nomina en ceros.
- Credencial del trabajador del Gobierno de la Ciudad de México ó jubilado ó pensionado vigente, la credencial de elector o credencial de identificación oficial vigente (cartilla, pasaporte, cédula profesional).

En su defecto: Para subsanar la falta de credencial de trabajador del Gobierno de la Ciudad de México, deberá presentar constancia actualizada como trabajador del Gobierno expedida por el área de adscripción. Solo en préstamo de primera vez presentar original y copia de la constancia de nombramiento. (sp6)

Limitantes para la Obtención de un Préstamo a Corto Plazo

No se otorgara el préstamo a los solicitantes que se encuentren en alguno de los siguientes casos:

* Tenga licencia sin goce de sueldo.
* Con R.F.C, u homo clave incorrectos.
* Que se encuentre cubriendo algún   interinato.
* Que esté en trámite de jubilación.
* Que haya causado baja  del servicio.
* Que no tenga capacidad de pago.
* Que no cotice a nómina 5.
* Que no haya liquidado su préstamo   anterior.
* Que esté sujeto a un proceso penal o se encuentre inhabilitado por   una   resolución judicial ó administrativa emitida por autoridad  competente.

Recuperación Ordinaria del Préstamo a Corto Plazo

- El pago del capital e intereses que devenguen, se hará en abonos quincenales iguales mediante descuentos que se hagan a los salarios del trabajador.
- El término máximo para liquidar el préstamo será de 12 y 24 meses para; jubilados y pensionados de acuerdo al cálculo en base a sus  percepciones y descuentos mensuales.
- Para trabajadores en activo será de 18, 24, 36 y 48 quincenas de acuerdo al cálculo en base a sus percepciones y descuentos quincenales.
- Todos los pagos de préstamo a corto plazo se realizarán por medio de descuentos quincenales o mensuales en la ;nómina  de cobro,  según  corresponda a trabajador, empleado,  jubilado ó pensionado.
- El monto de los descuentos por concepto de préstamo no deberá rebasar el 50% de su sueldo básico.
No podrá otorgarse nuevo préstamo; mientras el; contraído anteriormente no haya sido liquidado.

Recuperación del Préstamo a Corto Plazo en Cartera Vencida

Al trabajador, empleado, jubilado ó pensionado que obtenga un préstamo a corto plazo  y a quien por error u omisión no se le hicieren los descuentos correspondientes, estará obligado a comunicarlo a la institución y a liquidar el importe de los adeudos anteriores.

Para el caso en que los trabajadores, empleados, jubilados y pensionados incurran en mora, la Institución  podrá dar por vencidos anticipadamente los plazos convenidos en los créditos otorgados y proceder al cobro de lo que adeudare el acreditado.

¿ En dónde puedo obtener un Préstamo a Corto Plazo ?

En las Ventanillas para el otorgamiento del préstamo a corto plazo ubicadas en la planta baja de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno del Distrito Federal (CAPTRALIR) sita en Castilla No. 186, Colonia Álamos, Delegación Benito Juárez, C.P. 03400 en la Ciudad de México, Distrito Federal.

El horario de atención de las Ventanillas para el otorgamiento del préstamo a corto plazo es de 7:00 a 10:00 horas de lunes a viernes.

Los requisitos para llevar a cabo el trámite del préstamo a corto plazo, los podrá obtener en las oficinas de la Unidad Departamental de Prestaciones Económicas sita en Castilla No. 186, primer piso, Col. Álamos, Delegación Benito Juárez, C. P. 03400 y/o a través de la página web de la CAPTRALIR.

Para mayor atención e información se cuenta con los teléfonos: 55 90 50 11, 55 90 53 02, 55 90 58 46, 5696, 98 69 y 70 extensiones 115 y 136 en un horario de 7:00 a 10:00 hrs. de lunes a viernes.