Artículo 122. Los sujetos obligados deberán mantener impresa para consulta directa de los particulares, difundir y mantener actualizada a través de los respectivos medios electrónicos, procurando que sea en formatos y bases abiertas en sus sitios de Internet y de la Plataforma Nacional de Transparencia, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas siguientes según les corresponda:
I. Los criterios de planeación y ejecución de sus programas, especificando las metas y objetivos anualmente y el presupuesto público destinado para ello.
II. La información actualizada mensualmente de los programas de subsidios, estímulos, apoyos y ayudas en el que se deberá informar respecto de los programas de transferencia, de servicios, de infraestructura social y de subsidio, en los que se deberá contener lo siguiente:
a) Área.
b) Denominación del programa.
c) Periodo de vigencia.
d) Diseño, objetivos y alcances.
e) Metas físicas.
f) Población beneficiada estimada.
g) Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal.
h) Requisitos y procedimientos de acceso.
i) Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.
j) Mecanismos de exigibilidad.
k) Mecanismos de evaluación, informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones.
l) Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo.
m) Formas de participación social.
n) Articulación con otros programas sociales.
o) Vínculo a las reglas de operación o Documento equivalente.
p) Vínculo a la convocatoria respectiva.
q) Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas.
r) Padrón de beneficiarios mismo que deberá contener los siguientes datos: nombre de la persona física o denominación social de las personas morales beneficiarias, el monto, recurso, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, su distribución por unidad territorial, en su caso, edad y sexo; y
III. El resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas. 2023
Criterios de Planeación, Objetivos, Alcances y Metas (Formato 1_ LTAIPRC_Art_122_Fr_I) 2023
Criterios de Planeación, Objetivos, Alcances y Metas (Formato 1_ LTAIPRC_Art_122_Fr_I) 2024
Programas sociales desarrollados (Formato 2a_LTAIPRC_Art_122_Fr_II 2023
Programas sociales desarrollados (Formato 2a_LTAIPRC_Art_122_Fr_II) 2024
Padrón de beneficiarios del <
(Formato2b_LTAIPRC_Art_ 122_Fr_II) 2023
Padrón de beneficiarios del < (Formato2b_LTAIPRC_Art_ 122_Fr_II) 2024
Resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas (Formato 3_LTAIPRC_Art_122_FIII) 2023
Resultado de la evaluación del ejercicio y operación de los programas (Formato 3_LTAIPRC_Art_122_FIII) 2024
De conformidad con el ACUERDO , emitido por el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública, Rendición de Cuentas y Protección de Datos Personales en la Ciudad de México y publicado en Gaceta Oficial de la Ciudad de México, mediante el cual se aprueba la Dictaminación de las Tablas de Aplicabilidad de cada uno de los Sujetos Obligados, para este Sujeto Obligado APLICA el artículo 122, conforme a las atribuciones conferidas en el Reglamento Interior de la Administracción Pública de la Ciudad de México.
Este Sujeto Obligado, derivado de sus atribuciones, en el presente periodo no desarrolla programas sociales ya que no cuenta con presupuesto para ello.